Tengo cuentas en el extranjero por herencia es la situación en la que un heredero descubre depósitos o cuentas bancarias fuera de España. Funciona reuniendo documentación, dejando constancia fiscal y repatriando fondos con controles bancarios. Sirve para evitar sanciones, calcular el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y cumplir el Modelo 720 en plazos legales; suele resolverse entre 3 y 8 semanas si se trabaja con abogado y banco.
Resumen del proceso
Este resumen sirve para ver los pasos concretos en bloque y el plazo aproximado. Cada paso se desarrolla luego con plantillas y ejemplos.
Localizar y comprobar titularidad de las cuentas. 1-2 semanas para gestión inicial.
Reunir documentos oficiales y apostillas. 2-4 semanas según país.
Declarar en Modelo 720 si supera 50.000 euros por categoría.
Liquidar ISD en España aplicando créditos por impuestos pagados en origen.
Coordinar repatriación con el banco evitando bloqueos AML/KYC.
✉
¿Tiene un caso de herencia internacional? Contáctenos para una primera valoración.
La primera tarea es comprobar titularidad . Hay que confirmar beneficiarios y la naturaleza del saldo. Reunir extractos, certificado de defunción y testamento reduce fricción bancaria. Reglamento (UE) 650/2012 marca reglas de reconocimiento entre Estados; su aplicación se inició posteriormente.
Localizar el banco y obtener últimos extractos.
Pedir certificado de últimas voluntades o testamento.
Confirmar beneficiarios y porcentajes entre herederos.
💡 Consejo
Dividir la gestión: un representante se encarga de la documentación y otro de la relación bancaria. Evita enviar dinero sin documentos.
Paso 1 comprobar titularidad
Comprobar titularidad se refiere a demostrar quién es el heredero legal. El banco exige identificación, certificado de defunción y escritura de aceptación de herencia. Si los documentos están en otro idioma, el banco pedirá traducción jurada y posiblemente apostilla de La Haya .
Documentos mínimos que suelen pedir los bancos:
Certificado de defunción del causante.
Testamento o declaración de herederos.
Escritura pública de adjudicación o resolución sucesoria.
DNI/NIE del heredero y poderes notariales si actúa un gestor.
Un detalle de práctica: los bancos españoles suelen pedir también un certificado bancario de titularidad emitido por la entidad extranjera. Pedirlo con traducción y apostilla evita devoluciones.
✉
¿Tiene un caso de herencia internacional? Contáctenos para una primera valoración.
Paso 2 declarar Modelo 720
En el contexto del Modelo 720, hay un umbral fijo de 50.000 euros por categoría. El Modelo 720 se utiliza para declarar bienes y derechos en el extranjero. El plazo y la forma son distintos de la declaración de ISD.
Si el saldo conjunto de cuentas supera 50.000 euros a 31 de diciembre, debe declararse.
El plazo principal es entre febrero y marzo del ejercicio siguiente; consultar la web de la Agencia Tributaria.
Infografía procesual
1 Localizar Identificar banco y extractos
2 Documentar Defunción, testamento, apostilla
3 Declarar Modelo 720 y liquidación ISD
4 Repatriar Transferencia con KYC completa
Paso 3 regularizar ISD y revisar convenios
La diferencia principal entre tributar aquí o en el país del causante depende de la residencia fiscal del heredero y del causante. Revisar convenios es obligatorio para evitar doble imposición. España aplica crédito por impuesto extranjero donde exista convenio o normativa aplicable.
Ejemplo numérico práctico
Patrimonio neto heredado: 200.000 euros. 2024.
Impuesto pagado en origen: 20.000 euros. (supuesto)
Base sujeta ISD en España: 200.000 euros.
Crédito fiscal aplicable: 20.000 euros, si el convenio lo permite.
Según la práctica, la liquidación completa puede tardar entre 3 y 8 semanas. Los tiempos varían por comunidad autónoma.
Criterio
Regularización voluntaria
Trámite normal
Plazo
Inmediato, reduce sanciones
Hasta 6 meses en algunas CC.AA.
Multas
Menor riesgo si se corrige antes de inspección
Sanciones plenas por Modelo 720 omitido
Cuándo elegir
Cuando el error es reciente o por desconocimiento
Cuando la liquidación ya está en curso
Recomendación clara: revisar convenios internacionales antes de aceptar créditos automáticos. Hay diferencias entre comunidades autónomas sobre bonificaciones del ISD.
⚠️ Atención
Si el activo procede de un país no cooperante, puede ser imposible obtener ciertos certificados. En ese caso, la documentación alternativa y un informe pericial suelen ser necesarios.
Errores que arruinan el resultado
Transferir fondos sin comprobar los requisitos AML/KYC del banco receptor puede provocar que la entidad bloquee o devuelva la transferencia. No presentar el Modelo 720 cuando procede es otro error frecuente; las sanciones por omisión del Modelo 720 han sido objeto de debate judicial.
Creer que pagar impuestos en origen siempre elimina obligaciones en España es incorrecto. La diferencia fiscal se arregla con créditos y convenios, pero la declaración en España suele ser obligatoria.
Un error habitual es no confirmar beneficiarios antes de aceptar transferencias. Si hay disputas entre herederos, el banco retendrá fondos hasta resolver la titularidad.
✉
¿Tiene un caso de herencia internacional? Contáctenos para una primera valoración.
Cuándo no funciona este método
No aplica cuando no existen cuentas ni activos en el extranjero. Tampoco sirve si el heredero es no residente fiscal en España y no tiene obligación de declarar. No funciona si la entidad extranjera se niega a emitir documentación y no existe vía diplomática.
En casos complejos, como jurisdicciones no cooperantes, el método requiere peritajes y puede tardar más de 12 semanas.
Para repatriar fondos de cuentas heredadas conviene seguir una guía práctica paso a paso que minimice retenciones y bloqueos por AML/KYC: (1) solicitar al banco extranjero un certificado bancario oficial que indique titularidad, saldo a fecha concreta y movimientos relevantes; pedir que el certificado sea firmado por un responsable y, si procede, apostillado o legalizado; (2) obtener traducción jurada de los documentos y, si se solicita, un poder notarial para gestor; (3) comunicar con antelación al banco receptor en España y facilitarles el certificado, la escritura de adjudicación y el certificado de defunción para que el servicio de cumplimiento pre-autorice la entrada de fondos; (4) preparar un justificante del origen de fondos (escritura de herencia, liquidación fiscal en origen o justificante de pago de impuestos extranjeros) y copia de identificación del beneficiario; (5) coordinar el método de transferencia (SEPA/SWIFT), comprobar comisiones y plazos: las transferencias SEPA suelen tardar 1 día hábil, SWIFT entre 2 y 5 días hábiles salvo retenciones adicionales; (6) si el país emisor es no cooperante, valorar escrow notarial o depósito en cuenta puente con asesoría, y preparar un informe pericial sobre valoración si faltan certificados. Plan temporal orientativo: 1–2 semanas para petición y emisión de certificados bancarios, 1–2 semanas adicionales para apostilla y traducciones, y 1 semana para la autorización del banco receptor si la documentación está completa.
En el caso del Modelo 720, es fundamental cumplir reglas específicas cuando los activos proceden de una herencia: la referencia de valoración para cuentas y valores es el saldo o valor a 31 de diciembre del año que se declara; la obligación nace si el total por la categoría 'cuentas' supera 50.000 euros a esa fecha, o si respecto a una declaración previa aumenta en más de 20.000 euros. Si heredas una cuenta en junio y a 31 de diciembre tiene 120.000 euros, debes incluirla en el Modelo 720 del año siguiente indicando entidad, IBAN, saldo a 31/12 y observación 'origen: herencia' y adjuntar, cuando sea posible, la escritura de adjudicación o certificación del procedimiento sucesorio. Si la cuenta fue cerrada antes del 31 de diciembre y no existía saldo a esa fecha, normalmente no será declarable por ese ejercicio; aun así, adjuntar el justificante de cierre y la documentación sucesoria evita requerimientos posteriores. La presentación del Modelo 720 es telemática con certificado electrónico; conviene acompañar la declaración con copia de la documentación que pruebe la transmisión por herencia para facilitar cualquier comprobación.
Las comunidades autónomas aplican regímenes muy distintos sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: la gestión y las bonificaciones dependen de cada comunidad, por lo que el importe efectivo puede variar de manera considerable. Por ejemplo, algunas comunidades (como la Comunidad de Madrid en ejercicios recientes) aplican bonificaciones y reducciones que en la práctica eliminan o reducen drásticamente la cuota para descendientes directos, mientras que otras tienen tarifas más gravosas o reducciones menores. Esto significa que para el mismo patrimonio neto heredado la cuota puede ser casi cero en una comunidad y significativa en otra. Recomendación práctica: al regularizar la ISD, consultar inmediatamente la normativa autonómica aplicable (o usar el simulador de la consejería de hacienda autonómica) y calcular ejemplos numéricos con y sin bonificaciones; además, verificar plazos de presentación y domiciliación, que pueden variar (por ejemplo, plazos generales de 6 meses con posibilidad de prórroga en algunas CCAA). Incluir la comunidad competente en la planificación permite decidir, por ejemplo, la tramitación en una notaría concreta o solicitar beneficios fiscales autonómicos en tiempo y forma.
Preguntas frecuentes
Sí, la tributación depende de la residencia fiscal del heredero y del causante. Si el heredero es residente fiscal en España, los bienes mundiales tributan aquí. Los convenios bilaterales pueden ofrecer crédito por el impuesto pagado en origen.
La obligación existe si el saldo supera 50.000 euros por categoría a 31 de diciembre. El Modelo 720 busca declarar cuentas, valores e inmuebles en el extranjero. No declarar puede conllevar sanciones administrativas.
La ley aplicable suele depender de la residencia del causante y del heredero. El Reglamento (UE) 650/2012 establece reglas de competencia y ley aplicable entre Estados miembros desde su entrada en vigor. Revisar convenios evita conflictos normativos.
Depende. Si el heredero es residente fiscal, la herencia debe incluirse en la base del ISD. Además, puede ser necesario el Modelo 720 si hay activos en el extranjero que superen el umbral. Es recomendable confirmar beneficiarios y calcular créditos fiscales.
¿Cómo repatriar fondos sin bloqueos bancarios?
Preparar toda la documentación antes de transferir. Pedir al banco extranjero un certificado de titularidad. Enviar traducciones juradas y apostilla si es necesario. Informar al banco receptor con antelación sobre el origen de fondos.
¿Qué hago si olvidé declarar el Modelo 720?
Valorar la regularización voluntaria. En la práctica, corregir y acompañar pruebas reduce el riesgo de sanción elevada. Consultar plazos y cuantías con asesor fiscal antes de presentar.
Fuentes y enlaces útiles
Datos prácticos y comprobados
El umbral del Modelo 720 es de 50.000 euros por categoría.
El Reglamento 650/2012 entró en vigor y es de aplicación desde entonces.
Transferencias SEPA dentro de la UE suelen tardar 1 día hábil. Fuera de SEPA, tardan entre 3 y 7 días hábiles.
Ejemplo real anónimo
Un caso típico es un heredero residente en Madrid que descubrió 120.000 euros en cuentas suizas. Tras comprobar titularidad y presentar Modelo 720, se aplicó un crédito por 18.000 euros pagados en Suiza. La regularización y la repatriación se cerraron en 5 semanas.
Conclusión breve y pasos siguientes
Si tienes cuentas en el extranjero por herencia la prioridad es comprobar titularidad y confirmar beneficiarios. Luego hay que declarar en Modelo 720 si procede y regularizar ISD aplicando convenios. Actuar en 3-8 semanas con asesoría reduce sanciones y bloqueos bancarios.