¿Tiene bienes en más de un país y no sabe cuánto puede costarle regularizar la herencia? Las variaciones entre aranceles notariales, tasas registrales, traducciones, apostillas y envíos pueden sumar sorpresas y retrasos que condicionan decisiones fiscales y de liquidación. Las tablas estandarizadas por trámite permiten estimar desembolsos, valorar gestoría local frente a gestión remota y preparar documentación anticipada para ahorrar tiempo y dinero.
Si tiene una herencia con activos en varios países, los costes notariales y registros por país varían mucho: desde tasas fijas hasta honorarios escalados y gastos de legalización, traducción y apostilla. La comparativa ofrece rangos orientativos y ejemplos numéricos; incluye enlaces normativos a la normativa europea y española (por ejemplo, el RD 1426/1989 y el Reglamento (UE) 650/2012), pero no contiene enlaces oficiales individuales para cada país.
Para validar las cifras de la tabla es necesario consultar las fuentes oficiales locales (colegios notariales, boletines oficiales y registros) que publican las tablas arancelarias y las tasas registrales aplicables.
Comparativa rápida por país y trámite
Los rangos de la tabla permiten comparar de forma directa el impacto en el bolsillo según el trámite y la jurisdicción. La tabla incluye cuatro trámites clave y un rango orientativo en euros para cada país. Use estos valores solo como referencia y pida el arancel oficial antes de comprometerse.
País
Herencia (% valor)
Compraventa (% valor)
Donación (% valor)
Hipoteca (fijo o %)
España
0.2% - 1.0%
0.4% - 2.0% (+ impuestos)
0.3% - 1.5%
€150 - 1.200 o 0.1% - 0.5%
Francia
0.5% - 2.0%
0.6% - 2.5%
0.5% - 2.0%
Honorarios por tramo, €200–1.500
Alemania
0.5% - 2.0%
0.7% - 2.5%
0.5% - 2.0%
€150 - 1.500 o % según tasación
Italia
0.4% - 1.8%
0.5% - 2.5%
0.4% - 1.8%
€150 - 1.200
Portugal
0.3% - 1.5%
0.4% - 2.0%
0.3% - 1.6%
€100 - 1.000
Reino Unido
£300 - 2.000 (fijo/por hora)
£400 - 3.000
£300 - 2.000
£150 - 1.200
Suiza
0.5% - 2.5%
0.6% - 3.0%
0.5% - 2.5%
CHF 200 - 1.500
Estados Unidos
Honorarios variables, $300 - 3.000
$500 - 4.000
$300 - 3.000
$100 - 1.500
México
0.8% - 3.0%
1.0% - 4.0%
0.8% - 3.0%
MXN 1.500 - 30.000
Argentina
1.0% - 4.0%
1.2% - 4.5%
1.0% - 4.0%
ARS 5.000 - 50.000
Colombia
0.8% - 3.5%
1.0% - 4.0%
0.8% - 3.5%
COP 100.000 - 3.000.000
Chile
0.7% - 3.0%
0.9% - 3.5%
0.7% - 3.0%
CLP 50.000 - 1.500.000
Coste orientativo: para un inmueble de 300.000 EUR, el total por notaría, registro y gastos añadidos suele situarse entre 0,5% y 2% en la UE y entre 1% y 3,5% en LATAM, excluyendo impuestos sobre sucesiones.
¿Cómo usar la matriz?
Aplique el porcentaje al valor declarado del bien para obtener el rango estimado. Añada luego costes fijos: traducción jurada y apostilla. Si el país usa moneda distinta, convierta con el tipo de cambio comercial y añada 1–3% por comisión.
Enlaces normativos útiles
Para consultar aranceles oficiales consulte el arancel notarial vigente y el Reglamento (UE) 650/2012. El arancel notarial español está disponible en el texto legal RD 1426/1989 . El Reglamento europeo sobre sucesiones es Reglamento (UE) 650/2012 .
Si no se dispone de una calculadora interactiva, una fórmula simple y un ejemplo práctico sustituyen bien la herramienta. Fórmula básica: coste_total = (valor_del_bien × porcentaje_notario) + tasa_registro_fija + costes_traduccion + coste_apostilla + honorarios_gestor/abogado + comision_conversion. Pasos:
Convierta el valor declarado a la moneda local usando el tipo de cambio aplicable
Aplique el porcentaje notarial (o los tramos) al valor en moneda local
Sume tasas registrales fijas o porcentuales
Añada traducciones y apostillas
Sume honorarios profesionales y una comisión por conversión (1–3%). Ejemplo práctico (tipo de cambio supuesto): inmueble 300.000 EUR, suponga 1 EUR = 20 MXN → valor = 6.000.000 MXN. Si notario cobra 1% → 60.000 MXN; registro fijo 10.000 MXN; traducción y apostilla 4.800 MXN; gestor 25.000 MXN; comisión de cambio 2% sobre importes abonados ≈ 2.000 MXN. Coste_total estimado ≈ 101.800 MXN (≈ 5.090 EUR al tipo supuesto). Indicar claramente el tipo de cambio y la fecha utilizada en el cálculo evita desviaciones al comparar presupuestos.
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Notario o despacho local presencial
La opción de usar notario local implica que el documento se formaliza en la jurisdicción donde está el bien. El notario aplica el arancel local y comprueba identidad y legitimación. El registrador del país realiza la inscripción con sus propias tasas y plazos.
¿Qué gastos cubrirá el notario?
El notario cobra arancel según tabla o tramo del país. El coste puede incluir copia autorizada, búsqueda registral y actas. Pida siempre presupuesto con desglose por concepto.
¿Qué aporta el registro local?
El Registro inscribe la transmisión y controla titulares. Los gastos registrales suelen ser fijos o porcentuales y se suman a lo cobrado por el notario. En algunos países el registrador exige documentos adicionales o traducciones.
Elige esto si: el heredero puede desplazarse al país o el trámite exige presencia física del otorgante.
Gestoría o apoderado local
Encargar la gestión a un apoderado evita viajes y acelera procedimientos administrativos. La gestoría presenta documentos, coordina traducciones juradas y paga tasas. Sus honorarios suelen añadirse y varían según el país.
Ventajas reales de la gestoría
La gestoría reduce tiempos de desplazamiento y evita errores por desconocimiento local. Los gestores conocen aranceles y requisitos consulares. Esto funciona bien en teoría, pero en la práctica la calidad varía mucho entre proveedores.
Limitaciones honestas de la gestoría
Los gestores no sustituyen al abogado en disputas. Sus honorarios y poderes deben estar claros por escrito. Pida referencias y un desglose escrito antes de contratar.
Elige esto si: necesita evitar viajes y el caso no tiene conflictos entre herederos.
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Abogado local o despacho internacional
Un abogado local aporta defensa jurídica, interpretación fiscal y manejo de conflictos. Suele ser imprescindible con litigios, bienes complejos o normativas fiscales difíciles. Su intervención encarece pero reduce riesgo legal.
Cuándo contratar abogado
Contrate abogado si hay disputas, bienes societarios, fiscalidad compleja o inmuebles con cargas. El abogado coordina entre notario, registro y Hacienda local. Los honorarios pueden ser por hora o tarifa cerrada.
Desventajas y coste
Un abogado eleva el coste total y añade trámites de representación. Esto funciona bien cuando hay conflicto legal; no conviene en casos simples y con acuerdo entre herederos. Compare siempre coste y beneficio.
Elige esto si: hay pleitos, fiscalidad transfronteriza compleja o necesidad de planificación sucesoria.
Cómo elegir según tu situación y presupuesto
Compare tres variables: complejidad jurídica, necesidad de presencialidad y riesgo fiscal. Si la complejidad es baja y todos los herederos están de acuerdo, la gestoría o un apoderado suelen bastar. Si hay conflicto o fiscalidad complicada, prefiera abogado local.
Pedir el arancel oficial suele reducir la probabilidad de desviaciones importantes en el presupuesto, aunque la práctica varía según jurisdicción y caso concreto; por ello conviene contrastar la tabla arancelaria oficial con presupuestos desglosados (notaría, registro y gestor/abogado) antes de tomar decisiones. El error más frecuente en este punto es aceptar solo un presupuesto global sin desglose por notaría y registro. Lo recomendable es obtener tres presupuestos: notario, registro y gestor/abogado.
Si se necesita una decisión rápida, priorice:
Arancel oficial del país
Presupuesto de traducción jurada
Coste de apostilla o legalización. Un colchón del 10–30% cubre imprevistos como tasas consulares o nuevas exigencias documentales
Un párrafo de recomendación y matiz:
Para la mayoría de herencias con bienes en la UE, usar notario local y un gestor para trámites evita viajes y reduce coste total.
La excepción es cuando hay disputas o impuestos complejos, donde debe primar la asesoría legal. Funciona bien, pero solo si se obtiene el arancel oficial antes de firmar.
De lo contrario el presupuesto se queda corto.
Lo que nadie te cuenta sobre costes añadidos
Las traducciones juradas y las apostillas son costes que muchos no calculan al principio. Un documento traducido puede costar €50–250 por documento (tarifas 2024). La apostilla suele costar entre €10 y €80 por documento (tarifas orientativas 2024). Sumados, estos gastos elevan el total un 10–30%.
Costes 'ocultos' habituales
Gastos consulares, envío internacional y peritaciones inmobiliarias aumentan el gasto. Los registros pueden rechazar inscripciones por falta de legalización. La tasa de rechazo por documentación incompleta puede alargar plazos y multiplicar gastos.
Ejemplo numérico práctico
Inmueble: 300.000 EUR. Notario estimado €600–1.800. Registro €300–1.200. Traducción y apostilla €150–500. Gestoría/abogado €500–2.000. Total aproximado €1.550–5.500, o 0,5%–1,8% del valor.
No aplique estas recomendaciones si la herencia es puramente doméstica en un solo país sin activos fuera, si ya existe un pacto de honorarios cerrado con notario/gestor que fija precio global, o si trata bienes diplomáticos o propiedad estatal con reglas especiales.
Para un presupuesto fiable y desglosado por arancel y registro, lo adecuado es pedir al notario local el arancel vigente y una hoja de cálculo con los gastos previstos y las traducciones necesarias.
Una tabla estandarizada facilita la comparación entre países y trámites y permite exportar los datos a hojas de cálculo.
Columnas sugeridas (ejemplo realizable como CSV): País, Trámite, Porcentaje_min, Porcentaje_max, Coste_fijo_min, Coste_fijo_max, Moneda, Observaciones. Ejemplo de filas de muestra: España,Compraventa,0.4,2.0,150,1200,EUR,"Arancel según RD 1426/1989
IVA/ITP aparte"
México,Herencia,0.8,3.0,1500,30000,MXN,"Varía por estado
consultar colegio notarial local"
Guardando esta estructura en CSV se puede filtrar por trámite, convertir columnas de coste fijo a EUR con un tipo de cambio y obtener un presupuesto desglosado automatizable que sirva como base para pedir presupuestos oficiales.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto son los gastos notariales y de registro?
Depende del país y del trámite; use un rango estimado según valor. Los rangos: UE 0,5%–2%, LATAM 1%–4%. Pida el arancel oficial y un presupuesto desglosado.
La cifra final incluye arancel notarial, tasas registrales, honorarios profesionales y gastos de traducción y apostilla. Si falta un documento, el registro puede exigir legalización adicional.
¿Qué incluye el arancel notarial en España?
Incluye las tarifas por escritura pública y algunas copias autorizadas. En España el arancel sigue regulado por normativa y tablas oficiales, con variaciones por tipo de acto.
Solicite al notario el desglose por concepto: minuta, copias, búsquedas y desplazamientos. Compare con la web del Colegio Notarial o el texto del arancel para validar el cálculo.
¿Necesito apostilla para documentos entre países?
Sí si el país receptor es miembro del Convenio de La Haya; en caso contrario se requiere legalización consular. La apostilla agiliza el reconocimiento del documento.
Calcule €10–80 por apostilla (precios orientativos 2024). Verifique la lista de países adheridos al Convenio de La Haya antes de iniciar trámites.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?
Depende del documento y del idioma; suele costar €50–250 por documento. Algunos registros aceptan traducción parcial; otros exigen traducción completa y jurada.
Pida un presupuesto por página y compruebe si el traductor debe estar autorizado por el consulado o colegio oficial del país receptor.
¿Qué documentos suelen exigir los registros?
Certificado de defunción, testamento o certificado de últimas voluntades, escritura de propiedad, notas simples del Registro, y DNI o pasaporte de los herederos. Algunos registros piden también certificado de capacidad para recibir la herencia.
Prepare copias traducidas y apostilladas cuando sea necesario. Si la copia original no está en lengua oficial del país, el registro rechazará la inscripción.
¿Vale la pena homologar la herencia con el certificado sucesorio europeo?
Si hay bienes en varios Estados miembros, el certificado sucesorio europeo facilita actos de disposición sin procedimiento sucesorio adicional. No reduce aranceles ni tasas locales.
Consulte si el país del bien acepta el certificado y si conviene obtenerlo según la complejidad y coste de los trámites locales.
Fuentes, referencias y recursos prácticos
Reglamento (UE) 650/2012, texto legal sobre conflictos y certificado sucesorio europeo: EUR-Lex (2012).
RD 1426/1989 sobre aranceles notariales (España): BOE (1989).
Los datos de costes indicados son orientativos y están actualizados a 2024. Compruebe siempre el arancel oficial del país y pida presupuestos desglosados.
Además del RD 1426/1989 y el Reglamento (UE) 650/2012, cada país publica sus propias tablas y normas sobre aranceles notariales y tasas registrales. En España se consulta el BOE y el Consejo General del Notariado; en Francia la Chambre des Notaires y el portal service-public.fr publican las tarifas y modalidades; en Italia el Consiglio Nazionale del Notariato ofrece las tarifas oficiales; en Alemania la Bundesnotarordnung (BNotO) y los portales judiciales muestran aranceles; en Portugal las Conservatórias y el Diario da República publican las tarifas; en Reino Unido las tasas de HM Land Registry y las guías de colegios de notarios indican costes; en Estados Unidos las tarifas se gestionan a nivel estatal o condal (county recorder/registrar); en México los colegios notariales estatales y boletines oficiales contienen las tablas; en Colombia la Superintendencia de Notariado y Registro y en Argentina los boletines oficiales y colegios de escribanos provinciales.
Consultar la fuente oficial del país y la tabla arancelaria concreta evita asumir rangos genéricos y permite comprobar si un coste es fijo, por tramos o por porcentaje aplicado al valor declarado.