¿Riesgo de pagar dos veces el impuesto de sucesiones si el causante tenía bienes o residencia en otro país?
Lo primero es comprobar la residencia fiscal del causante y localizar los bienes.
Sin certificados oficiales de pago, resulta difícil obtener la deducción. La ausencia de certificados oficiales aumenta las probabilidades de una reclamación por la Agencia Tributaria.
Sobre la doble imposición en herencias entre España y otros países: varios convenios bilaterales permiten deducir el impuesto extranjero.
Muchos países no tienen convenio.
Es clave determinar la residencia fiscal del causante y la localización de bienes.
La AEAT exige justificantes oficiales para aplicar la deducción en España, como carta de pago o certificado de residencia.
Este artículo incluye ejemplos numéricos y una tabla país a país.
También contiene plantillas para pedir certificados y aplicar los pasos.
Comparativa rápida
La tabla siguiente indica si existe convenio y su efecto práctico para sucesiones.
País
¿CDI aplica sucesiones?
Fecha vigencia
Efecto práctico
Trámite para justificante
Francia
Sí
Convenio 1990 (vigente)
Crédito limitado; inmuebles gravados in situ
Certificat fiscal (Direction Générale), apostilla, traducción
Reino Unido
Parcial (post-Brexit)
Tratados sectoriales y práctica 2020
Impuesto sobre inmuebles gravado en UK; crédito según convenio
HMRC: certificado de pago, poder notarial, 3-4 semanas
Alemania
Sí
Convenio vigente (texto aplicable)
Crédito; cada Land puede tener trámites propios
Finanzamt del Land, certificado fiscal, 6-10 semanas
Estados Unidos
Limitado (por estado)
Varía por estado (no CDI federal específico para sucesiones)
Lex rei sitae para inmuebles; crédito sujeto a límites
IRS y autoridades estatales; certificado estatal, poderes y traducción
Portugal
Sí
vigente
Crédito para evitar doble imposición; inmuebles gravados en Portugal
Autoridad Tributaria Portugal, certificado y apostilla
ÁNGULO: prioridad práctica
La primera verificación es la existencia del convenio tributario internacional aplicable al país concreto.
Compruebe la fecha de vigencia y el artículo sobre sucesiones.
Si no hay convenio, aplique las normas españolas para evitar doble pago.
Siga este orden de prioridades paso a paso.
Cómo leer la tabla
La columna "Efecto práctico" responde quién puede cobrar y si España admite crédito.
La columna "Trámite" indica el justificante usual: carta de pago o certificado fiscal.
Cada fila requiere confirmación con el texto del tratado y la autoridad local.
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Usar el convenio cuando existe
Si el país tiene convenio, siga su texto y reglas.
Obtenga el certificado y pida el crédito en España.
Ventajas reales
El convenio puede asignar competencia exclusiva a un Estado para ciertos bienes.
Eso elimina controversias sobre inmuebles fuera de España.
Un texto claro reduce la necesidad de litigio.
Limitaciones honestas
No todos los convenios cubren la sucesión con la misma claridad.
Algunos convenios establecen exención con progresión en vez de crédito.
La interpretación puede variar según la administración fiscal.
Trámites prácticos bajo convenio
Solicite en el país pagador un documento oficial que acredite el impuesto satisfecho.
Legalice o apostille y traduzca antes de presentarlo a la AEAT.
Presente el justificante junto al modelo de liquidación correspondiente.
Aplicar la normativa española y pedir crédito
Cuando no hay convenio o el convenio no cubre el caso, aplique la Ley del ISD.
Pida crédito por impuestos pagados en el extranjero.
Cuándo optar por esta vía
No existe convenio aplicable o éste es ambiguo sobre la naturaleza del bien.
El causante es residente fiscal en España y la masa incluye bienes en varios países.
El impuesto extranjero ya pagado es demostrable mediante certificado.
Cálculo y límite del crédito
El crédito no puede exceder el impuesto español imputable al mismo hecho.
La deducción se aplica sobre la cuota estatal o autonómica según normativa.
En la práctica, el crédito compensa hasta la parte proporcional del ISD.
Documentación exigida
Adjunte certificado fiscal extranjero debidamente legalizado o apostillado.
Incluya traducción jurada si el documento no está en español.
Aporte prueba de residencia fiscal del causante si procede.
Ejemplo práctico y cálculo paso a paso: supongamos un inmueble situado en Francia valorado en 200.000 € y que la administración francesa ha liquidado y cobrado un impuesto sobre sucesiones por ese bien de 20.000 € (certificado de pago disponible). El heredero debe declarar ese activo en la liquidación del ISD en España . Si la cuota española imputable a ese mismo bien, tras aplicar la base imponible y los coeficientes correspondientes, fuera de 25.000 €, el crédito fiscal que podrá aplicarse será el menor entre el impuesto extranjero efectivamente pagado (20.000 €) y la parte de la cuota española atribuible a ese bien (25.000 €), es decir, 20.000 €.
Resultado práctico: la deuda española neta respecto a ese activo queda en 5.000 €.
Si, por el contrario, la cuota española atribuible fuese 15.000 €, el crédito se limitaría a 15.000 € y el exceso de impuesto extranjero no sería deducible en España. En todo cálculo debe constar en la documentación el certificado de residencia fiscal del causante, el certificado de pago extranjero debidamente legalizado/apostillado y la correlación clara entre importe extranjero y partida concreta de la masa hereditaria.
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Soluciones cuando falta justificante o hay disputa
Si no obtiene el certificado extranjero, existen vías administrativas y judiciales para acreditar el impuesto pagado.
Vías administrativas
Presente recursos ante la AEAT y, si procede, ante el TEAC.
Solicite medidas probatorias y asistencia internacional.
Aporte peritajes y documentación auxiliar para justificar la carga fiscal.
Vías judiciales y alternativas prácticas
Inicie contencioso tributario si la resolución administrativa es adversa.
Negocie acuerdos con otros herederos para compensar riesgos fiscales.
Valore cesión de crédito o acuerdos transaccionales en casos complejos.
Cómo elegir según tu situación
La decisión depende de residencia del causante, localización de bienes y existencia de convenio.
Criterios concretos de decisión
Priorice la determinación de la residencia fiscal del fallecido.
Identifique la lex rei sitae de cada activo.
Consulte el texto del convenio o la ausencia de este.
Pasos prácticos y plazos
Paso 1: recopile certificado de defunción y testamento, 3-7 días.
Paso 2: pida certificado de residencia fiscal del causante, 2-6 semanas.
Paso 3: solicite carta de pago al país extranjero, 3-10 semanas según jurisdicción.
Mantenga ese orden de prioridades.
Flujo de decisión
Flujo: quién tributa y qué hacer
¿Residente en España?
Sí → aplicar ISD y buscar convenio
No → aplicar lex rei sitae de cada bien
Si hay convenio: seguir texto y solicitar certificado. Si no lo hay: calcular ISD y pedir crédito.
Impacto según la comunidad autónoma: el impuesto de sucesiones en España combina una escala estatal con una cuota gestionada por las comunidades autónomas.
Las comunidades pueden aplicar reducciones, mínimos por parentesco y bonificaciones que alteran la carga fiscal final.
En algunas comunidades las bonificaciones para descendientes directos reducen sustancialmente la cuota autonómica.
En otras apenas hay deducciones, de modo que el mismo crédito por impuesto extranjero tendrá distinto efecto neto.
Además, las tablas de valoración y los coeficientes multiplicadores pueden variar entre comunidades.
Un ejemplo numérico local ayuda a prever si la deducción neutraliza la doble imposición o deja remanente a pagar.
Lo que nadie te cuenta
La prueba documental decide con frecuencia el resultado de la deducción fiscal.
Esto funciona bien en teoría.
En la práctica, las autoridades extranjeras exigen requisitos formales distintos.
El error más frecuente en este punto es presentar certificados sin apostilla o sin traducción jurada.
No existe una estadística pública consolidada que respalde el porcentaje citado. En la práctica profesional, la falta de justificantes debidamente legalizados o traducidos es una causa frecuente de denegación del crédito por impuestos extranjeros, por lo que en los expedientes conviene aportar certificados de pago, apostilla/legalización y traducción jurada cuando corresponda.
Un caso habitual: heredero con inmueble en Francia → impuesto francés pagado 20.000 euros → certificado emitido en 4 semanas tras aportar RIB y número fiscal → España concede crédito limitado al impuesto español aplicado sobre ese inmueble.
La recomendación principal es clara: solicitar el justificante fiscal extranjero antes de liquidar definitivamente el ISD en España, salvo imposibilidad práctica.
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Llamamiento a la acción
Para evaluar este caso concreto conviene recabar primero la documentación básica y pedir un dictamen técnico sobre la residencia fiscal.
No aplica la deducción cuando no se ha pagado impuesto en el extranjero, cuando todos los bienes y la residencia fiscal están exclusivamente en España, o cuando la jurisdicción extranjera no grava la sucesión.
Preguntas frecuentes
¿Qué países tienen convenio de doble tributación?
Muchos países mantienen convenios bilaterales con cláusulas tributarias.
La cobertura varía y algunos tratados no contemplan sucesiones expresamente.
Consulte la tabla comparativa y el texto del convenio para confirmar la vigencia.
¿Cómo demuestra el heredero que se pagó impuesto?
Se presenta un certificado oficial expedido por la autoridad fiscal extranjera.
Aporte apostilla o legalización y traducción jurada al español.
Sin ese justificante, la AEAT suele denegar el crédito.
¿Qué documentación se necesita para pedir la deducción?
Generalmente piden testamento, certificado de defunción y número fiscal del causante.
Pueden solicitar RIB o datos bancarios para identificar pago previo.
En Reino Unido HMRC suele tardar 3-4 semanas en emitir certificados cuando la documentación está completa.
¿Cómo afecta la comunidad autónoma al impuesto?
Cada comunidad aplica reducciones y bonificaciones propias.
Eso puede cambiar la carga fiscal neta de forma significativa.
Calcule el impuesto aplicando la normativa autonómica correspondiente.
¿Qué hago si la administración española rechaza?
Recurrir administrativamente ante la AEAT y, si procede, ante el TEAC.
Aportar pruebas adicionales y, si no resulta, elevar la cuestión a la jurisdicción contenciosa.
En casos complejos, valorar la negociación con otros herederos.
¿Qué plazo tiene la AEAT para resolver la solicitud?
La Ley General Tributaria fija plazos administrativos generales.
Los plazos concretos varían según trámite y comprobación documental.
El régimen del silencio administrativo en procedimientos tributarios varía según el tipo de solicitud y el trámite; ante la falta de resolución en el plazo legal procede, en general, la interposición del recurso económico-administrativo o las actuaciones procedentes conforme a la Ley General Tributaria, porque el efecto del silencio (favorable o desfavorable) depende del procedimiento concreto y no puede darse por supuesto.
Recursos, plantillas y modelos
La plantilla siguiente sirve para solicitar un certificado fiscal a la autoridad extranjera.
Copie, complete y envíe junto a la documentación requerida.
[Nombre del solicitante]
[Domicilio]
[Teléfono]
[Correo electrónico]
[Fecha]
A la atención de [Autoridad fiscal del país]
Asunto: Solicitud de certificado de impuesto pagado por sucesión
Estimados señores:
Yo, [Nombre], identificado con [documento], en calidad de heredero del fallecido [Nombre del causante], solicito la expedición del certificado que acredite el impuesto pagado por la sucesión correspondiente al expediente [referencia].
Adjunto: certificado de defunción, testamento, copia de identificación del causante, número fiscal y poder notarial.
Solicito asimismo que el certificado incluya la cuantía exacta satisfecha y la fecha de pago.
Atentamente,
[Firma]
Modelo de poder para gestor
PODER PARA TRAMITAR CERTIFICADOS FISCALES
En [Lugar], a [Fecha].
Yo, [Nombre del otorgante], con DNI/NIE [Número], otorgo poder a [Nombre del apoderado], con DNI/NIE [Número], para solicitar y recibir certificados fiscales y cartas de pago relativos a la sucesión de [Nombre del causante].
[Firma y presentación ante notario si exige la autoridad extranjera]
Enlaces útiles y referencias
Según el Reglamento (UE) 650/2012, la jurisdicción y la ley aplicable no armonizan la fiscalidad de sucesiones.
Puede consultarse el texto oficial en EUR-Lex para más precisión: Reglamento (UE) 650/2012 .
El plazo legal para notificar el certificado fiscal extranjero depende de la jurisdicción emisora; en Reino Unido puede ser de 3-4 semanas y en Alemania de 6-10 semanas.